Derecho de huelga

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Es posible la vulneración de los derechos de libertad sindical y de huelga por quien no es el empresario del trabajador

01 de abril de 2015 Jurisprudencia Derecho de huelga

La Sala de lo Social del TS ha dictado una sentencia, de fecha 11 de febrero de 2015, en la que condena a varios diarios del grupo PRISA y a una imprenta perteneciente al mismo grupo, por vulneración del derecho de huelga y libertad sindical, porque, durante los días que duró la huelga, contrataron con otras empresas la impresión de los diarios.

Es posible la vulneración de los derechos de libertad sindical y de huelga por quien no es el empresario del trabajador

01 de abril de 2015 Jurisprudencia Derecho de huelga

La Sala de lo Social del TS ha dictado una sentencia, de fecha 11 de febrero de 2015, en la que condena a varios diarios del grupo PRISA y a una imprenta perteneciente al mismo grupo, por vulneración del derecho de huelga y libertad sindical, porque, durante los días que duró la huelga, contrataron con otras empresas la impresión de los diarios.

El TS declara la nulidad parcial de un ERE porque la empresa lo extendió a todo el personal tras la convocatoria de una huelga en la misma

La evidente conexión causal entre la convocatoria de la huelga por el comité intercentros y la reacción empresarial de convertir el despido colectivo de parte de la plantilla en el despido colectivo de la totalidad de los empleados, que fue decidida al día siguiente del comienzo de la huelga, determina la existencia de una medida de retorsión lesiva del derecho de huelga. Adicionalmente, el TS establece que los órganos jurisdiccionales encargados del enjuiciamiento de los despidos colectivos no pueden sustituir al empresario en la elección de las medidas concretas a adoptar, limitando su control a verificar que las causas económicas alegadas existen.

El TS declara la nulidad parcial de un ERE porque la empresa lo extendió a todo el personal tras la convocatoria de una huelga en la misma

La evidente conexión causal entre la convocatoria de la huelga por el comité intercentros y la reacción empresarial de convertir el despido colectivo de parte de la plantilla en el despido colectivo de la totalidad de los empleados, que fue decidida al día siguiente del comienzo de la huelga, determina la existencia de una medida de retorsión lesiva del derecho de huelga. Adicionalmente, el TS establece que los órganos jurisdiccionales encargados del enjuiciamiento de los despidos colectivos no pueden sustituir al empresario en la elección de las medidas concretas a adoptar, limitando su control a verificar que las causas económicas alegadas existen.

El TS declara la nulidad parcial de un ERE porque la empresa lo extendió a todo el personal tras la convocatoria de una huelga en la misma

La evidente conexión causal entre la convocatoria de la huelga por el comité intercentros y la reacción empresarial de convertir el despido colectivo de parte de la plantilla en el despido colectivo de la totalidad de los empleados, que fue decidida al día siguiente del comienzo de la huelga, determina la existencia de una medida de retorsión lesiva del derecho de huelga. Adicionalmente, el TS establece que los órganos jurisdiccionales encargados del enjuiciamiento de los despidos colectivos no pueden sustituir al empresario en la elección de las medidas concretas a adoptar, limitando su control a verificar que las causas económicas alegadas existen.

Toxo y Méndez denuncian ante la Fiscalía y el CGPJ el aumento de casos penales contra sindicalistas

28 de mayo de 2014 Noticias Sindicatos

En sendas cartas enviadas este martes a Torres-Dulce y a Lesmes, los líderes sindicales critican que en los procedimientos penales contra trabajadores y cargos sindicales derivados del ejercicio del derecho de huelga, el Ministerio Fiscal esté solicitando penas privativas de libertad "excesivas y desproporcionadas", en algunos casos superiores a los tres años, y ello "a pesar de que en general no existen fenómenos de violencia ni se menoscaban bienes jurídicos relevantes".

Circunstancias de especial urgencia y gravedad que justifican la limitación del ejercicio del derecho de huelga

25 de abril de 2013 Noticias Huelga

Ante una huelga de limpieza, la acumulación de basuras en unos centros docentes que alcanza a constituir un foco de insalubridad y riesgo para la salud de profesores y alumnos, permite apreciar la concurrencia de circunstancias de especial urgencia y gravedad, que justifican que el Ayuntamiento asuma con sus propios medios la limpieza de dichos centros.

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